La BVRD dispone que a partir de la publicación de esta circular, la notificación de los Hechos Relevantes relativos a las revisiones de tasas de interés de los valores, que afecten el precio de los instrumentos de negociación, deberán realizarse a más tardar dos (2) días hábiles previo a la fecha de efectividad del cambio de tasa, con el objetivo de cumplir con las disposiciones del Reglamento R-CNMV-2022-10-MV y asegurar que la misma sea recibida de manera oportuna, a fin de salvaguardar los parámetros y ajustes requeridos en la plataforma de negociación, evitando incidentes en las valorizaciones de las operaciones realizadas con los instrumentos involucrados y/o afectados por dichas revisiones de tasas.
Circular 006-2023 Notificación Hechos Relevantes Revisión de Tasas de interés de los valores