EMISORES
El pasado 21 de agosto de 2019, la Bolsa y Mercados de Valores de la República Dominicana (BVRD), celebró su Asamblea General Ordinaria No Anual, en la cual el Sr. Freddy Domínguez fue designado como Miembro Independiente del Consejo de Administración de la BVRD para el período 2019-2021. Al mismo tiempo, fue seleccionado para ejercer el cargo de presidente del Consejo de Administración por el período anteriormente indicado.
Aprovechamos la oportunidad para felicitar al Sr. Freddy Domíguez por su designación, estamos seguros de que sus aportes contribuirán de manera significativa al fortalecimiento y desarrollo del mercado de valores.
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Le estaremos contactando para asegurar su participación en este programa tan pronto se aperture.
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Sus principales funciones son:
a) Velar por la transparencia en el mercado de valores.
b) Propiciar la formación de oferta y demanda de valores.
c) Fiscalizar las operaciones que realicen los participantes del mercado.
d) Dictar normas que regulen el mercado y eviten conflictos de intereses.
c) Difundir oportunamente al público las informaciones relevantes del mercado.
a) Conocer de los informes mensuales del Superintendente de Valores sobre el comportamiento del mercado de valores y de las principales actividades realizadas por la Superintendencia de Valores, pudiendo formular observaciones o lineamientos, en los casos que lo ameriten.
b) Conocer las solicitudes de apelación a las decisiones de la Superintendencia de Valores y las Bolsas, presentadas por los participantes del mercado de valores.
c) Aprobar las tarifas sometidas por el Superintendente de Valores sobre cuotas y derechos que cobrará la Superintendencia de Valores por concepto de supervisión, derechos de inscripción en el registro y otros servicios, así como los ajustes por inflación establecidos en el Artículo Núm.14 de la Ley sobre mercado de valores.
d) Aprobar las sanciones administrativas a ser impuestas a los infractores de las disposiciones contenidas en la presente Ley, sobre mercado de valores cuando éstas no estuvieren tipificadas en la misma.
e) Actuar como conciliador en los casos de conflictos entre participantes del mercado de valores cuando éstos no fueren dirimidos por el Superintendente de Valores.
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